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Las nuevas reformas a la ley de aviación 

Por Ivonne Cordero

¿Qué se reformo?

-Se reformo la ley de aviación civil, a la cual se le agregó un capítulo nuevo denominado de los derechos y obligaciones de los pasajeros, así como otros artículos y más adecuaciones.

¿Qué ventajas da a los pasajeros esta reforma?

-De acuerdo con la ley, las personas con discapacidad podrán transportar en el avión instrumentos inherentes a su condición y las aerolíneas no podrán aplicar cargos adicionales. 

-Asimismo, cada pasajero mayor de edad podrá llevar a un menor de 2 años y la aerolínea estará obligada a emitir un boleto para el menor sin costo. Es importante mencionar que en este caso el menor podrá llevar una carriola, igualmente sin costo.

-En caso en que la aerolínea se enteré antes de las 24 horas de las que se tenía programado el vuelo de algún cambio o retraso en el mismo, te lo tendrá que hacer saber por medios electrónicos para que estés enterado.

-Si obtuviste un vuelo de ida y vuelta o con conexión y no utilizaste alguno, la aerolínea deberá respetar el otro vuelo que no utilizaste, es decir podrás usar los demás vuelos.

-Probablemente de lo que más has escuchado es acerca de los retrasos, al efecto la reforma establece estás nuevas adecuaciones:

o     Cuando la demora sea superior a 1 hora y menor a 4 cada aerolínea deberá compensar conforme a sus políticas. No obstante, mínimo deberán darte descuentos para vuelos en fechas posteriores y/o alimentos y bebidas.

o     Es importante mencionar que cuando la demora sea mayor a 2 horas y menor a 4 los descuentos de las aerolíneas no podrán ser menores al 7.5% del precio de tu boleto.

o     En caso en que la demora sea mayor a 4 horas, la aerolínea te deberá compensar conforme a sus políticas y tendrás derecho a una indemnización.

o     Otro punto importante, es que en caso de que estés esperando tú vuelo, la reforma obliga a las aerolíneas a poner a tu disposición acceso a llamadas telefónicas y envío de correos electrónicos.

-Ahora bien, en caso en que se cancele tu vuelo, las aerolíneas estarán obligadas a lo siguiente:

o     Reintegrar el precio de tu boleto; o

o     Ofrecer transporte sustituto en el primer vuelo disponible, para esto deberán ofrecerte igualmente acceso a llamadas y correos electrónicos, alimentos, alojamiento y transporte en caso de requerirse; o

o     Un boleto en una fecha posterior al mismo destino al que iba el vuelo cancelado.

o     En caso en que se te reintegre el precio de tu boleto o se te de uno nuevo, la aerolínea te tendrá que indemnizar con al menos un 25% del precio del boleto.

¿Cuándo se reformó y cuando se aplica?

-La reforma se publicó en el diario oficial el 27 de abril de 2017 y entró en vigor al día siguiente.

-No obstante, se le da a las aerolíneas un plazo de 90 días hábiles a partir del 28 de abril para que den cumplimiento a sus obligaciones de conformidad con la reforma.

Para mayor información consulta las políticas de tu aerolínea, o ingresa a la siguiente pagina para conocer la reforma https://www.gob.mx/sct.

Fuente. www.inadem.gob.mx

 

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