LEY FINTECH

Hola Gente curiosa de merkadomexico, un placer estar nuevamente, charlando con ustedes.

En Breve les comentare sobre la Ley Fintech la cual es una Nueva ley aprobada para regular las criptomonedas.

Es una exigencia de los mercados internacionales.

Se concentra principalmente en tres áreas:

  • Pagos electrónicos,
  • Financiamiento colectivo,
  • Activos  Virtuales,

Se Enfoca en la Prevención de lavado de dinero, el crimen organizado comenzó con la banca tradicional, sin embargo el sistema financiero lo controlo. Así que se busca regular las Instituciones de Tecnologías Financieras que ahora estas instituciones deben contar con un marco de referencia y cumplir con las regulaciones en medidas de control de riesgo para las operaciones, que cuentan con una seguridad en la información, que tienen identificados a los clientes y pueden detectar un fraude.

Las Instituciones de Tecnología Financiera se dividen en dos:

  1. Instituciones de financiamiento colectivo
  2. Las de fondo de Pago electrónico

Para que puedan cumplir con la regulación deberán invertir en Asesoría Legal.

Se Creara un comité Interinstitucional en el cual participaran:

  • La Secretaria de Hacienda y Crédito Público.

  • La Comisión Nacional bancaria y de valores.

  • Banco de México, es quien otorga la autorización de las criptomonedas que tengan más sustento. y  le preocupa que las personas no  sean víctimas de fraude.

La ley

  • TITULO I  Disposiciones Preliminares

    • TITULO II Instituciones de Tecnología Financiera y sus obligaciones.
    • TITULO III Disposiciones Generales
    • TITULO IV  Autorizaciones Temporales y Operación de Activos Virtuales
    • TITULO VI Sanciones y Delitos
    • TITULO VII Notificaciones

La comisión Nacional Bancaria y de Valores y Banco de México son los que harán que se cumpla este Ley.

Los principios de esta ley son la inclusión e Innovación Financiera, promoción de la sana competencia en las organizaciones, protección al consumidor, prevención de operaciones ilícitas.  

Si este contenido te pareció de valor, te pido lo compartas y me escribas tus dudas, yo estaré feliz contestando.

Si deseas saber mas de Criptomonedas te invito a pasarte por mi blog, donde recién he publicado sobre ellas. 

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By. Margarita Flores

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Bibliografía

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REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL

Hola mi querida gente curiosa de MerkadoMexico, ¡Feliz de volver a saludarlos y tocar el siguiente tema...


Definiciones: Actividades Empresariales: Las comerciales, las Industriales entendidas como laextracción, conservación o extracción de materias primas; Las agrícolas como siembra, cultivo, cosecha y la primera enajenación; las de pesca, Cría, Cultivo,Fomento y cuidado; Las Ganaderas, Cría, engorda de ganado, aves de corral y animales.

Impuesto Cedular:Impuestos que cobra un Estado, ejemplo Gto, 2% sobreingresos correspondientes a RIF ó 2% CedularImpuestos Federales: Impuesto que pagan en todo el Territorio Nacional (País)ejemplo. ISR, IVA, IEPS.


El Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) del cual mucho se ha hablado, por locual, ha sido sujeto de diversas interpretaciones. Así que paso por aquí para aclarar y rescatar los puntos principales. Este Régimen se creó con la finalidad de Incorporar a la Formalidad a las nuevas empresas con el principal objetivo de disminuir la informalidad y madurar al Contribuyente para que se adapte a las cuestiones Fiscales. Dicho proceso dura10 años. En el cual tendrán muchos estímulos y beneficios.

Según el periódico el Financiero,  ''de 10 empresas que inician operaciones, al final del año solo sobreviven 3, y para el segundo año solo 1''. Esto se debe a 3 factores principalmente.

  1. El desconocimiento de las Cuestiones legales y Fiscales
  2. Mal manejo de la Administración
  3. Falta de Recursos Económicos

Podrán entrar al citado Régimen cuando los ingresos que obtengan provengan de la realización de Actividades Empresariales, Enajenación de Bienes, Prestación de Servicios que no requieran de un título profesional y que además no rebasen de $2,000,000.00 de pesos durante el ejercicio Fiscal.

Los contribuyentes que tributen en dicho régimen, deberán presentar declaraciones Bimestrales definitivas  en donde se enteraran las obligaciones de ISR, IVA, Retenciones de ISR2.

Las fechas en que se deben enterar sus declaraciones será a más tardar el día 17 de los siguientes meses.

  • Marzo
  • Mayo
  • Julio
  • Septiembre
  • Noviembre
  • Enero del año siguiente. 

Las declaraciones se presentaran a través de la página www.sat.gob.mx/  Régimen de Incorporación Fiscal Adicionalmente se les otorga la facilidad de registrar sus ingresos y egresos de manera simplificada a través de www.sat.gob.mx/ Mis cuentas.  

También, a través de Mis cuentas, podrán realizar facturas gratuitamente de manera fácil.

En Mis cuentas se deben registrar los ingresos obtenidos durante el  bimestre, y las Deducciones Autorizadas que se establecen en el Art. 103 de la LISR.

Cabe señalar que las deducciones deben ser estrictamente indispensables para el desarrollo del negocio con esto me refiero a no ingresar gastos personales de los propietarios.

Al manejar la plataforma de Mis cuentas el contribuyente que tributa en dicho régimen. Podrá evitarse el envió de la contabilidad electrónica, como los contribuyentes que tributan en otros regímenes.  Esto representa ya un ahorro. Ya que no se tiene la necesidad de invertir en un sistema Contable.

Otro beneficio es que podrán deducir al 100% los Activos Fijos.

La determinación de Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU). Se determinara sumando la utilidad fiscal de cada Bimestre.

Para Determinar sus Pagos Provisionales, se determinaran como Ingresos y como Deducciones las efectivamente pagadas durante el Bimestre a este método también se le denomina (Por flujo de Efectivo).

Aplicaran la tarifa Bimestral que establece el  Art. 152 LISR.

Tienen Beneficio que el 1er año de tributación tendrá una reducción del 100% el cual  disminuirá un 10% cada año, hasta llegar al año 10.

Cuando se exceda de los ingresos de $2,000,000 de pesos, tendrán que migrar al Régimen de Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales, el cual ya implica otras obligaciones.

En cuestión de (Impuesto al Valor Agregado) IVA Cuando solo se realicen operaciones con Público en General y no hubiesen obtenido ingresos superiores a $300,000 para el segundo año seguirán manteniendo la opción del 100% de Reducción en IVA.  Además de que aplicaran la tasa que establece el Decreto de Beneficios Fiscales para el Régimen de Incorporación de fecha 10/09/14

Según su actividad, ejemplo (Enajenación de Muebles para el hogar 2%)

Y por último, para los Estados que paguen Impuesto Cedular, se aplicaran los ingresos y deducciones que para ISR, al menos así se calcula en la Ley Hacendaria del Estado de Guanajuato.

Sí este contenido te pareció de Valor, te pido lo compartas y me hagas llegar tus comentarios, Yo te estaré leyendo con gusto y respondiendo Dudas.  

                                                                                BY: Margarita Flores

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Blog:   http://estudiaconta0.blogspot.mx

NOTAS.

1.(Se le dice definitivas porque no presentan declaración anual)  

2.En caso de contar con trabajadores

FUENTE

  • Vamos a encontrar toda clase de Información respecto al RIF en el Art. 111 al 113 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), Reglas 3.13.1, 3.13.2 3.13.3 y 3.13.4 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 y del Decreto de beneficios fiscales para el régimen de incorporación de fecha 10/09/14
  • https://pixabay.com/es/
  • www.sat.gob.mx

FINANCIAMIENTO PARA TU EMPRESA

Mi nombre es Margarita Flores estaré escribiendo por aquí en la revista Merkado México. Espero encuentren de interés los temas que propongo, y de ser así, nos estaremos leyendo pronto. 

dinero 12

Algunas veces las empresas no pueden cubrir sus compromisos a corto plazo, como un pago a proveedores de una deuda ya vigente,  o quizás tienen un nuevo pedido pero no tienen los recursos suficientes para adquirir el material con lo cual lograr esa venta mayor. Podría ser que la recuperación de cartera es muy lenta, la empresa no puede pagar la nómina a sus empleados en épocas de escasez económica. o la empresa tiene un gran número de inventario obsoleto.

Ejemplo: una tienda dedicada a vender ropa femenina tiene un alto inventario de ropa temporada invierno que no logró vender y necesita dinero para invertir en ropa de primavera -verano

También se solicita financiamiento por otras razones como adquirir maquinaria, y Renovar instalaciones, Introducir un nuevo producto o expandir su marca (Publicidad)

Las corporaciones cuentan con distintas opciones para para solicitar un financiamiento y aquí les detalló unas cuantas.  Recuerden que en cierta medida el financiamiento es bueno. Ya que se está trabajando con dinero de terceros, siempre y cuando (si corresponde) paguen el precio llamado “Intereses”

Los intereses son el costo que pagamos por utilizar ese dinero en un periodo de tiempo.

Un Banco no te prestara más de la mitad de tu patrimonio.  Ejemplo que yo tengo un capital por $100,000. El banco me prestara máximo. $50,000. Ellos están muy conscientes de que cuando una empresa no puede cubrir sus deudas la Ley establece que la empresa pagara primero a Hacienda, Seguro Social, las liquidaciones de sus empleados y con lo último a sus proveedores y acreedores.

Tipos de financiamiento para tu empresa

  1. Emisión de acciones: La empresa coloca un porcentaje de sus acciones a través de la Bolsa Mexicana de Valores para que se comercialicen y obtener así, recursos inmediatos. Esta opción no la aplican muchas empresas ya que no les agrada la idea de que otros inversores, tengan una parte de la empresa. Pero este tema es expandible ya que existen acciones con derecho a Voto y Sin derecho a voto.  (Da para otro tema)

  1. Obligaciones financieras /papel comercial/ opciones: La empresa emite papel comercial en la Bolsa Mexicana de Valores o en otros mercados Internacionales donde cotiza la empresa, (Emite deuda que ampara dándote un título en donde se indica que en determinado momento el poseedor de ese papel, podrá exigir el pago, con los intereses pactados) en la cual inversores pueden adquirirlos y cambiarlos en determinado tiempo a efectivo.

          Con Opciones. Ocurre lo mismo, solo que al final del plazo tienes la opción e intercambiarlo por acciones de la compañía.

  1. Créditos bancarios: La cuestión aquí es acudir a distintos bancos, revisar la tasa de interés que manejan, y el monto que te prestan, así como facilidades para poder liquidarlo. En el país tenemos diferentes bancos donde pueden preguntar por las diferentes opciones que manejan (Les dejo link en la parte final donde encontrarán la información y pueden investigar más en las páginas de cada banco.) 

financiamiento para tu empresa 3

  1. Proveedores: Solicitar mayor plazo de Crédito a los proveedores, sin caer en el papel de un cliente moroso, o perder Estatus comercial. O mala reputación al no cubrir sus compromisos o demorarse demasiado en hacerlo, lo cual hará que les nieguen crédito en un futuro.
  1. Arrendamiento financiero o Puro: Es un contrato en el cual la arrendadora se compromete a otorgar el uso o goce temporal de un bien al arrendatario, ya sea persona física o moral, obligándose este último a pagar una renta periódica que cubra el valor original del bien, más la carga financiera, y los gastos adicionales que contemple el contrato. Cabe resaltar que además de ser una opción para financiarse los pagos son deducibles para impuesto sobre la renta e Impuesto al Valor Agregado.
  1. Aportaciones a capital: Es otra opción para aumentar los recursos de la empresa, Que los socios Actuales o nuevos socios, Realicen más aportaciones, la empresa paga a los socios con Dividendos cuando existen utilidades, de acuerdo a las políticas que ellos establecieron al momento de la constitución de la sociedad o en asambleas.

    Los dividendos son la retribución que la empresa otorga a sus accionistas por la aportación a la empresa.

  1. Utilidades no distribuidas: Son Reservas que las empresas han creado a lo largo de sus años de vida, o utilidades que el consejo de Administración que representa a los socios y accionistas de la compañía. De común acuerdo, deciden reinvertir en la empresa para que siga generando sus actividades.

financiamiento para empresa 2

He escuchado también que las compañías asiáticas, es especial las japonesas reinvierten sus utilidades (Dividendos) por lo menos 10 años a partir de la constitución de la empresa para que en determinado momento la empresa pueda ser solvente por sí misma. Ellos toman un salario y no exigen dividendos cuando existen utilidades.

Sería una buena opción para no desfalcar la empresa. Ya que en la mayoría de las ocasiones, en esta cultura mexicana. En cuanto una empresa tiene utilidades, los socios lo primero que hacen es exigir sus dividendos.

Este fue un gran artículo, porque mientras escribía lo final, me di cuenta de que existen muchas diferencias culturales en cuando a corporaciones mexicanas respecto a otras culturas.  Por ejemplo Los chinos son emprendedores Natos y ellos logran sus financiamientos para crear un negocio de manera tal,  que le piden prestado a familiares y amigos y estos últimos  les prestan sin cobrarles intereses, es una cultura de apoyo y así no tienen que recurrir a los bancos. Si Un chino no paga a los familiares y amigos pierde su reputación y es rechazado por su cultura.

Los administradores, y dueños de organizaciones son excelentes y conocen de sobra estos procedimientos y opciones de crédito. Para desenvolverse y seguir logrando que sus empresas sigan funcionando incluso en épocas de crisis.

¡Felicidades a los que entienden ya como va este movimiento! Y a los que aún no, recuerden que es un proceso y estamos en él.

Gracias

                                           By Margarita Flores 

                                            Enlace a mi Blog personal http://estudiaconta0.blogspot.mx

BILIOGRAFIA

http://laeconomia.com.mx/bancos-mexico/

http://www.arrendamas.com/blog-credito-arrendamiento-arrendamas/bid/310428/diferencia-entre-arrendamiento-financiero-y-puro-para-autos

https://idconline.mx/fiscal/2015/07/08/arrendamiento-puro-totalmente-deducible

¿Cómo Hacer tu Declaración Anual como Persona Física?

Hola Gente curiosa de Merkadomexico.com;  Estoy gustosa y súper motivada por estrenar la nueva sección Hablando con el Contador, para compartir con ustedes un poquito de las cosas que los contadores, empresarios y en general los contribuyentes hacemos en este mes.

Durante todo Abril se estarán presentado Declaraciones Anuales de Personas Físicas.

SAT DECLARACION ANUAL PERSONAS FISICAS 2

Comencemos con algunos términos.

Persona Física: Llamada también natural, es el ser humano, hombre o mujer que presta sus servicios de manera dependiente o independiente o bien, desarrolla alguna actividad empresarial. Es  residente en México o bien, su fuente de riqueza se encuentra ubicada en Territorio Nacional.

Declaración Anual: Es un informe oficial Ante las autoridades Hacendarias en la cual se declara de manera resumida los ingresos  y Deducciones que Un contribuyente realizo en el lapso de Un Año.

Saldo a Favor: Son los excedentes de El Impuesto Sobre la Renta que de Acuerdo al Cálculo Anual se pagó durante el Ejercicio a las AutoridadesHacendarias. Y presentando la solicitud  y pruebas correspondientes, La autoridad tiene obligación de Devolverte a tu cuenta Bancaria.

¿Quiénes están Obligados?

El Art. 150 de La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece que estarán obligadas Las Personas Físicas que obtuvieron ingresos por:

  1. Sueldos, Salarios y/o Asimilados a Salarios: Siempre y cuando obtuvieran ingresos superiores a $400,000.00 o las que hayan tenido dos o más patrones. Una nota importante es que sus ingresos ya aparecerán precargados ya que sus comprobantes de nómina son electrónicos y la empresa en que laboran tiene obligación de timbrarlos.
  2. Actividades Empresariales y Profesionales
  3. Prestar Servicios Profesionales/ Honorarios
  4. Dividendos
  5. Intereses: Cuando no excedan de $100,000.00 pesos.
  6. Arrendamiento
  7. Demás Ingresos

Nota: 1 Si no percibiste ingresos durante el año, pero te encuentras inscrito en el RFC por alguno de los conceptos citados, debes presentarla informando esa circunstancia, es decir, presentar tu declaración en ceros.

Nota 2: Se enteraran los ingresos obtenidos durante el ejercicio fiscal correspondientes a Préstamos cuando excedan de $600,000.00 pesos.

¿Qué podrán Deducir?

Además de las deducciones autorizadas que establece el Art. 147 de la LISR (Excepto para Asalariados y Asimilados a Salarios.)

Podrán deducir en la declaración Anual según  Art. 151 de LISR lo que se cataloga como Deducciones Personales, los cuales Siempre y cuando hubiesen sido pagados con Tarjeta de Crédito, Debito, Transferencia, o Cheque.

  • Honorarios Médicos, Análisis Clínicos, Dentales, Servicios Profesionales de Psicología y Nutrición.
  • Donativos
  • Aportaciones voluntarias al Sistema de Retiro
  • Gastos Funerarios
  • Intereses Reales sobre Créditos Hipotecarios
  • Gastos destinados a la transportación escolar.
  • Colegiaturas

¿En dónde se presenta?

Se presenta en la página www.sat.gob.mx, para lo cual debes contar con Fiel o bien con RFC y Contraseña. Te diriges a la segunda Pestaña Tramites/ Declaraciones/ Anual Personas físicas. E ingresas tus datos.

Recomendaciones Generales:

  • Revisa y determina Que ingresos declaras y por qué Actividad
  • Verifica correctamente tus Deducciones y  aunque en la sección Deducciones Autorizadas te aparecen todas las deducciones, Señala solo las que reúnen los requisitos de Deducibilidad, de lo contrario en caso de haber generado Saldo a Favor la autoridad determinara diferencias e inconsistencias y te rechazara la solicitud de Devolución de Saldo a Favor.
  • Disminuir en su caso Pagos Provisionales generadas en el ejercicio.
  • El ISR retenido no es el ISR a Favor.
  • Ten a la mano tus Estados de Cuenta.
  • Conserva todos tus documentos para cualquier aclaración.

Cabe señalar que si tienes alguna duda en el llenado puedes acudir gratuitamente al Servicios de Administración Tributaria, contactarlos vía electrónica o telefónica y ellos te asesoran gratuitamente o para Cuestiones más complejas puedes contactar con tu Contador de Confianza.

Sí este contenido te pareció de Valor, te pido lo compartas y me hagas llegar tus comentarios, Yo te estaré leyendo con gusto y respondiendo Dudas.  Si te interesa ver como se llena una Declaración Anual de Sueldos y Salarios pasa por mi blog.   

                                                                                 BY:  Margarita Flores

                                                                                              Blog:   http://estudiaconta0.blogspot.mx

Bibliografia:
Ley de Impuesto Sobre la Renta
Pagina  www.sat.gob.mx
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